miércoles, 2 de diciembre de 2009

EL CARNET POR PUNTOS CAMBIA

Aparcar en el carril bus, conducir sin el alumbrado cuando sea obligatorio o parar o estacionar en las curvas son algunas de las infracciones de trafico que no nos supondran la perdida de puntos del carnet, aunque se podran multar.
El Boletin Oficial del Estado (BOE) ha publicado la nueva Ley de Trafico, que reduce las formas por las que pueden perderse puntos y simplifica el procedimiento sancionador algunos de cuyos efectos los que supongan beneficios para el infractor la nueva ley reduce a 20 antes 27 los supuestos que ocasionaban perdida de puntos.
Estos son los siete casos en los que la infraccion de trafico en la cual no perderemos puntos del carnet.
1 Circular por autopistas o autovias con vehiculos con los que no se pueda circular y esten prohibidos.
2 Conducir un vehiculo y excederse en el numero de personas que se pueden transportar en ese vehiculo en un 50 por ciento o mas en el numero de plazas autorizadas, excepto el conductor y excepto autobuses urbanos e interurbanos.
3 Parar o estacionar en las curvas, cambios de rasante, tuneles, pasos inferiores, intersecciones o cualquier sitio peligroso que provoque un riesgo para la circulacion o los peatones.
4 Parar o estacionar en el carril bus.
5 conducir sin alumbrado cuando sea obligatorio o utilizarlo sin ajustarse a lo establecido reglamentariamente.
6 Circular con menores de 12 años como pasajeros de motocicletas o ciclomotores, salvo excepciones determinadas reglamentariamente.
7 Conducir de forma negligente creando un riesgo cierto y relevante para los otros usuarios de la vía.
ALEJANDRO el experto en coches(CATMAN160@HOTMAIL.COM) o llama o sms 628349213

No hay comentarios:

Publicar un comentario

PREGUNTA LO QUE QUIERAS SOBRE EL MUNDO DE EL AUTOMOVIL